Cazando aves amenazadas
Todos los participantes en los programas de seguimiento de SEO/BirdLife acabamos de recibir el boletín en el que se resume el resultado de los censos y programas de seguimiento llevados a cabo por SEO/BirdLife en 2009 y 2010. De la ingente información obtenida por los miles de voluntarios de estos proyectos me he fijado en la tendencia de cuatro especies obtenidas a través del programa SACRE: la tórtola, la codorniz, la perdiz y la grajilla.
Se trata de cuatro especies comunes y cinegéticas que presentan todas ellas un fuerte declive, como prueba la siguiente tabla que muestra el porcentaje de cambio de las poblaciones obtenido a escala nacional y por regiones entre 1998 y 2010:
Para entender la magnitud de estas tendencias basta con saber que un declive superior al 30% en 10 años o tres generaciones harían que una especie catalogue como Vulnerable según los criterios de la UICN y declives superiores al 50% que catalogue como En Peligro de Extinción.
Bien, la siguiente reflexión que debemos hacernos es si la ley permite cazar especies amenazadas o, por lo menos, con acusados declives poblacionales.
La Directiva de Aves en su artículo 7.4 indica que ”los Estados miembros velarán por que la práctica de la caza, incluyendo en su caso, la cetrería, tal como se desprenda de la aplicación de las disposiciones nacionales en vigor, respete los principios de una utilización razonable y de una regulación equilibrada desde el punto de vista ecológico de las especies de aves afectadas, y que esta práctica sea compatible, en lo que se refiere a la población de las especies, en particular a las especies migratorias, con las disposiciones que se desprenden del artículo 2”, por su parte, el artículo 2 dice que “los Estados miembros tomarán todas las medidas necesarias para mantener o adaptar las poblaciones de todas las especies de aves contempladas en el artículo 1 en un nivel que corresponda en particular a las exigencias ecológicas, científicas y culturales, habida cuenta de las exigencias económicas y recreativas”. La Comisión Europea interpreta este artículo en su «Documento orientativo sobre la caza de conformidad con la Directiva 79/409/CEE del Consejo relativa a la conservación de las aves silvestres» de 2008 como que “Se puede considerar que una especie de ave se encuentra en un estado de conservación no favorable cuando la suma de influencias que actúen sobre la misma afecte negativamente a largo plazo a la distribución e importancia de sus poblaciones. Esto incluye las situaciones en las que los datos sobre la dinámica poblacional de la especie indiquen que ésta no constituye a largo plazo un elemento viable de su hábitat natural. Como es lógico, por lo general no es recomendable someter a dichas especies o poblaciones a la caza, aunque ésta no sea la causa de su estado de conservación no favorable ni contribuya al mismo. Sin embargo, autorizar la caza de una especie puede ser un gran incentivo para gestionar los hábitats e influir positivamente en otros factores que contribuyen al descenso de la población, coadyuvando así al objetivo de devolver las poblaciones a un estado de conservación favorable”.
Por su parte, la Ley 42/2007 en su artículo 62.2. indica que “En todo caso, el ejercicio de la caza y la pesca continental se regulará de modo que queden garantizados la conservación y el fomento de las especies autorizadas para este ejercicio, a cuyos efectos la Comunidades autónomas determinarán los terrenos y las aguas donde puedan realizarse tales actividades, así como las fechas hábiles para cada especie” y en el 62.3.d) que “Se podrán establecer moratorias temporales o prohibiciones especiales cuando razones de orden biológico o sanitario lo aconsejen. En relación con las especies objeto de caza y pesca, cuando existan razones de orden biológico o sanitario que aconsejen el establecimiento de moratorias temporales o prohibiciones especiales, la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad podrá elaborar informes que puedan ser utilizados por las Comunidades autónomas para la determinación de dichas moratorias o prohibiciones”.
Finalmente, una sentencia reciente del TSJ de Castilla-La Mancha anula la orden de vedas, y en el caso de la tórtola y codorniz indica que la administración como consecuencia del artículo 7 de la DAS y 62 de la LPNyB no puede autorizar la caza de esas especies sin haber, previamente, estudiado las poblaciones de esas aves. Es decir, la administración debe acreditar, previamente, el buen estado de conservación de las mismas.
Bueno, las conclusiones, a mi juicio son claras:
1) Las administraciones deben acreditar el buen estado de conservación de las especies de aves antes de autorizar su caza.
2) En el caso de que las especies no presenten un buen estado de conservación en la región, de forma general, no puede autorizar su aprovechamiento cinegético.
3) Las administraciones y el colectivo cinegético debería emprender sin más dilación planes de conservación de estas especies con el doble objetivo de mejorar sus poblaciones y hacer compatible las medidas de conservación con la práctica de la caza.
Nos encontramos ante un mes clave en el que se llevarán a cabo la mayoría de los Consejos de Caza previos a la aprobación de las órdenes de veda. La cuestión es si nuevamente se prescindirá del cumplimiento de la Ley o, por el contrario, empezará la administración a garantizar la conservación de las aves en nuestros campos. La respuesta aproximadamente en un mes.
Webcam Águila Imperial
Internet es un poderoso medio de educación ambiental. Buen ejemplo es la webcam instalada por SEO/BirdLife, dentro de su campaña Alzando el Vuelo (patrocinada por Adif, Fundación Biodiversidad y Caja Madrid), en un nido de águila imperial en el Parque Nacional de Cabañeros.
Gracias a esta cámara podemos meter un águila en nuestra casa sin afectar al medio ambiente, podemos utilizarla en como herramienta educativa (en la red de escuelas Alzando el Vuelo ya lo hacemos) o incluso como fuente de información científica.
Yo ya he puesto un banner en mi blog, igual si tu tienes un blog también puedes ponerlo. De esta manera nos ayudas a promover el disfrute de la naturaleza.
Y si te gusta mucho, puedes incluso escribir algún comentario en el blog asociado a la webcam.
¡Por cierto, poner la cámara a primera hora de la mañana y oír la multitud de aves del Parque Nacional es un pequeño placer de la vida que no te puedes perder!
La caza en media veda en cuestión
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha considera ilegal la forma en la que la Junta ha regulado la media veda, práctica cinegética que se realiza todos los años entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre y que afecta a las especies paloma torcaz, tórtola común y codorniz. Según indican en la sentencia dictada, y que ya es firme al no haberla recurrido la Junta, las administraciones no pueden permitir la caza sin acreditar previamente que la densidad de las poblaciones permita su aprovechamiento sostenible ni fijar periodos de caza sin acreditar que no se encuentran en periodo reproductor atendiendo a su ciclo biológico de las especies y su fenología provincial.
El recurso fue interpuesto en 2007 por Ecologistas en Acción contra la orden de vedas de la temporada 2007-2008, no solo por la media veda, sino por invadir la caza de perdiz con reclamo la época de reproducción y celo de esta especie. Para resolver, el Tribunal solicitó un dictamen pericial a SEO/BirdLife sobre la compatibilidad entre los periodos hábiles de caza y la reproducción de la perdiz roja, la paloma torcaz, tórtola común y codorniz en Castilla-La Mancha así como el solapamiento entre el periodo de reproducción de la perdiz con la práctica de la caza de esta especie con reclamo macho. Para este informe SEO/BirdLife revisó toda la información científica publicada hasta la fecha así como la base de fichas nido.
Esta sentencia tiene que tener un gran recorrido ya que supone, de facto, que las especies de aves y fechas para cazarlas no pueden ser tan solo negociados en consejos de caza regionales, sino que deben estar respaldados por estudios técnicos y científicos que garanticen que la práctica de la caza no pueda afectar de forma negativa a sus poblaciones y que en ningún momento se lleva a cabo en época reproductora.
La verdad es que no es nada novedoso ya que la Directiva de Aves es bastante clara al respecto, hay jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y desde 2008 una buena guía de la Comisión Europea para compatibilizar la práctica de la caza y la Directiva de Aves. Sin embargo, en España seguimos haciéndolo mal, por lo que esta sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha deberá ser un punto de partida para exigir que las cosas se hagan bien.
Por cierto, la tórtola y la codorniz están en mal estado de conservación y debería hacerse una moratoria en su caza, pero eso ya es cuestión de otra entrada en el blog.
El sinsentido del embalse de Biscarrués
Ayer mantuvimos, los grupos que alegamos en contra del Embalse de Biscarrués, una reunión con la Secretaria de Estado de Cambio Climático y el Director General de Evaluación Ambiental. Querían conocer de primera mano nuestras impresiones.
La reunión fue muy emotiva, ya que a la misma asistieron la Coordinadora de Biscarrués-Mallos de Riglos y un representante de los empresarios de de la zona. Ellos aportaron muchos y buenos datos, pero sobre todo emotividad ¿Es posible que en pleno siglo XXI sigamos echando a nuestra gente de los ríos para llevarnos el agua a kilómetros de distancia para regar maíz?
La gente del terruño nos contaron como se han reencontrado con el río, y que con ese reencuentro han conseguido darle la vuelta al fenómenos de emigración a las ciudades, de hecho acababan de abrir un nuevo centro de primaria. Nos contaron que cada día hay más casas rurales y empresas de ocio ligadas al río y a los valores naturales y paisajísticos del lugar e incluso que en el pueblo están construyendo un hotel de 4 estrellas (algo impensable en la mayoría de los pueblos de nuestro país). En Biscarrués la gente mira nuevamente a su río, y su río les recompensa por ello, mientras que el resto de la población española vive de espaldas a los suyos y los ríos se mueren poco a poco.
Pero desgraciadamente, estos valores que tan bien defendieron los representantes de la comarca no son suficientes, en este mundo dominado por leyes y poderes económicos y poco por la moral y el sentido común, para parar la obra civil de Estado. Ahora bien, hay muchos criterios técnicos, económicos y legales, que también pusimos sobre la mesa, para acabar, tras 25 años, con la espada de Damocles que supone el embalse para el Gállego, y así se lo hicimos ver a la delegación ministerial.
Algunos de los argumentos que pusimos sobre la mesa:
- El río Gállego ya tiene 6 pantanos y una decena de centrales eléctricas y el tramo de Biscarrués es el único con un muy buen estado ecológico según la Confederación.
- Los objetivos de la obra no están bien definidos, pero si realmente se trata de asegurar las dotaciones de regadíos existentes debería bastar con mejorar la eficiencia de las instalaciones de riego del Alto Aragón que ahora se aproximan a tan solo el 30%
- En cualquier caso no se han evaluado alternativas, como obliga la ley y hay muchas ahora mismo sobre la mesa con menor impacto que el embalse.
- El embalse supondrá un impacto crítico sobre el LIC “Bájo Gállego” y ello ha quedado acreditado con informes de la administración (CEDEX) y de más de una docena de científicos.
- No se ha evaluado el impacto sobre las zonas regables, lo que supone una fragmentación de la evaluación de impacto ambiental. Según los regantes los riegos se harían en Monegros, lo que supondría nuevamente impactos críticos. Se avisó al Ministerio que una DIA positiva nos llevaría a reabrir la queja de Monegros.
- Se expuso el sinsentido de proponer el embalse para laminación de avenidas, ya que nadie en la zona ha conocido avenidas que supusiesen una amenaza para las personas. La Confederación se remonta al año 1300 para justificar este objetivo. Parece razonable que en un río tan regulado como el Gállego (6 embalses) se pueda asegurar la seguridad material y personal de los habitantes de la zona.
- Se expuso que el proyecto supondría un impacto económico brutal en la comarca, que ahora depende del río y sobre todo de sus aguas bravas. El embalse supondría pasar de 22 km de aguas bravas a solo siete (insuficiente para su explotación).
A todo esto, el Gobierno de Aragón clama por este Embalse enarbolando un acuerdo de la Comisión del Agua de 2006 en el que supuestamente se aprobó por unanimidad el proyecto. Pues bien, le dejamos claro al Ministerio que se trataba de una clara manipulación. Primero, en esa Comisión no votaron a favor ninguno de los representantes de los científicos y de los grupos medioambientales (o lo que es lo mismo, solo votaron a favor, los sectores económicos y de la administración). Y segundo, lo que se aprobó es enviar el proyecto al Ministerio con tres alternativas, un embalse de 190 Hm3, uno de 35 Hm3 o la no realización del Embalse, y siempre con la condición de que no afectase la explotación de las aguas bravas.
Más claro el agua (si no se la llevan los regantes).
De Perlas: las grullas que picaban a los patos
Voy a inaugurar una nueva sección en el blog que se va a llamar De Perlas. En ella iré poniendo frases o ideas peregrinas que nuestros personajes públicos van diciendo por el territorio o que “cualificados” técnicos escriben en sus informes.
La primera entrega la he encontrado revisando los archivos históricos del Departamento de Conservación de SEO/BirdLife, en las actas de la Comisión de Medio Ambiente de las Cortes Aragonesas del 24 de febrero de 1999. En esa sesión, el señor Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, D. Lasa Dolhagaray, dijo:
“[…] en algunos momentos lo que la sociedad tiene que tener es el equilibrio entre lo que informa un científico que sabe de aves [se está refiriendo a SEO/BirdLife] pero no de personas y tampoco ciertamente de monegrinos, y en ocasiones, le voy a contar una anécdota, tampoco de aves, porque hace unos días en una reunión que mantenía con alcaldes de Gallocanta una de las pegas es que el estudio que realiza los técnicos y los científicos [vuelve a referirse a SEO/BirdLife] es que está disminuyendo las poblaciones de algunas especies y, en concreto, pues disminuyen las poblaciones de patos. Y entonces, esos científicos lo ponen como un hecho totalmente preocupante, y en la reunión que tienen con los alcaldes allí, con los que llevan allí toda la vida, dicen, coño, claro, cómo no van a disminuir, al haber más grullas, las grullas echan a los patos, y como hay más grullas de las que había habido en muchísimos años hay memos patos, pero porque las pican las grullas. Y eso lo sabían los habitantes del territorio, qué curioso, los técnicos que habían escrito el documento, no, esos no lo sabían.”
Lo alucinante de la historia no es que los alcaldes hayan llegado a tan curiosa conclusión, sino que todo un Consejero de Medio Ambiente sea capaz de creérselo. Pero de todo se aprende, los científicos no solo deben saber, también deben convencer, y está claro que la teoría de las grullas asesinas es mucho más creíble que la de la mala gestión hídrica.
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