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...y David le pega una pedrada a Goliat...

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"Pascual Carrión, un pastor de ovejas de la localidad de Jumilla (Murcia), se ha salido con la suya. El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una segunda sentencia a su favor, en la que reitera la suspensión del Plan Parcial urbanístico "Santa Ana del Monte" -2.285 viviendas y un campo de golf- del municipio murciano, aprobado hace cuatro años por el Ayuntamiento, y que fue recurrido por el ganadero Carrión porque le iba a impedir realizar su trabajo" (El Mundo, sigue este enlace para leer el artículo completo)

Goliat, soldado-gigante de la ciudad de Gat y paladín del ejército filisteo, también llamado desarrollismo insaciable, nos machaca día a día, pero de vez en cuando algún pastorcillo, que no necesariamente se llama David ni tiene porqué ser de la tribu de Judá, le pega una pedrada en la cabezota.

Son Bosc declarado de interés por Ley

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Otra vez unas Cortes regionales legislan, de forma consciente, para desproteger y destruir espacios protegidos. En este caso es el Parlamento Balear y lo hace para declarar de interés regional el proyecto de campo de golf de Son Bosc en Mallorca. El PP y Unió Mallorquina han utilizado torticeramente la representación que los ciudadanos de las islas baleares les han dado en las urnas para intentar beneficiar unos intereses privados.

El lugar en el que se quiere llevar a cabo este campo de golf tiene una gran importancia para el halcón de Eleonora y para el abejaruco, así como a otras especies animales y vegetales. Tanto es así que el gobierno de Baleares lo ha propuesto recientemente como ZEPA.

SEO/BirdLife mandó una nota de prensa y escribió antes de ayer a los grupos parlamentarios del PP y UM instándoles a retirar la propuesta de Ley y a colaborar con el gobierno en la protección de la zona, pero han hecho oídos sordos a nuestra petición. Ahora analizaremos si podemos solicitar al gobierno de Baleares que lleve esta Ley al Constitucional y esperamos que tengamos más suerte.

Últimamente los parlamentos autonómicos se encuentran demasiado cómodos legislando para desproteger espacios muy valiosos. Habrá que encontrar una fórmula para que no lo puedan hacer, o por lo menos que no lo hagan con tanta facilidad.

Yo para empezar ya me he quejado en el buzón del ciudadano del parlamento balear. Si tu quieres hacerlo lo puedes hacer en el siguiente enlace:

http://www.parlamentib.es/catala/text0420.php3?fonssup=E9E1F0&zona=4

La fauna canaria amenazada por sus políticos

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Esta semana pasada Coalición Canaria y el Partido Popular aprobaron, en las Cortes de Canarias, una ley con la que se descatalogan decenas de especies amenazadas. Probablemente, se trata del recorte más importante que se ha llevado a cabo en materia de conservación del medio ambiente en España desde la democracia.

Todo viene de los problemas que les produjo el hecho de tener catalogada un alga, la seba (Cymodocea nodosa), en la construcción del puerto de Granadilla. El primer paso que dio el Gobierno de Canarias fue eliminarla del catálogo canario de especies amenazadas por decreto, pero los tribunales anularon tal pretensión recordándoles que no se puede descatalogar una especie porque venga bien a unos intereses económicos o políticos sino que la descatalogación debía venir motivada por una mejora en el estado de conservación de la especie. Situación que no ocurre ya que la especie se encuentra en un estado de conservación preocupante y una de sus amenazas es justamente la construcción de puertos. Un buen ejemplo de ello es que tras la ampliación, en 2002, del muelle de Las Galletas (Tenerife) el sebadal asentado a la entrada del puerto se redujo en un 97% de su superficie.

A alguna mente preclara se le ocurrió que si descatalogaban la especie por Ley no podría ninguna ONG recurrir ante los tribunales (muerto el perro se acabó la rabia).Y ya que estaban, porqué solo descatalogar la seba si hay muchas especies que pueden ser un estorbo para los desarrollos económicos? Así que se quitaron de en medio todas ellas. Pues eso, una ley que reforma el catálogo canario de especies amenazadas y se acabó el problema ¿o no?

Tanto las ONG como la comunidad científica denunciaron la barbaridad de esta acción y los medios de comunicación se han hecho eco de ello, lo que sin duda habrá restado apoyo a los grupos que apoyaron la iniciativa legislativa. Pero además, el Ministerio de Medio Ambiente ya ha anunciado que recurriría la Ley al Tribunal Constitucional.

Esto de aprobar recortes en la protección ambiental vía leyes está empezando a hacerse una costumbre en las Comunidades Autónomas. Es un camino preocupante que habrá que tomarse en serio. SEO/BirdLife y WWF ya han solicitado al Ministerio de Medio Ambiente y al PSOE que analicen el tema y emprendan acciones legislativas que limiten estos abusos de poder.

Recientemente una responsable de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea me decía que es necesario hacer más educación ambiental en los colegios para que los ciudadanos sepan lo que es la biodiversidad. Yo le comenté que me conformaba con que lo supiesen nuestros representantes políticos. Creo que ella en ese momento no me entendió, pero seguro que hoy pensará más como yo.

La Directiva Aves una norma muy moderna

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Ayer se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 relativa a la conservación de las aves silvestres. Tranquilos, no es una nueva Directiva que se os haya pasado. Se trata de la Directiva de Aves de siempre que se vuelve a publicar con su texto consolidado. Desde 1979 que se aprobó la Directiva ha habido 11 modificaciones debidas a actas de adhesiones de países y otros motivos, por lo que la Comisión consideró interesante consolidar el texto.

En cualquier caso, el hecho de que 30 años más tarde la Comisión, el Parlamento y el Consejo decidan aprobar este texto refundido sin ningún cambio quiere decir que la “vieja” Directiva de Aves ha aguantado bien los años y que se encuentra todavía en buena forma.

Eso sí que nadie la vuelva a llamar Directiva 79/409/CEE ahora se llama Directiva 2009/147/CE.

Ley de Economía Sostenible: una oportunidad perdida

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Por lo general las fases de gran crecimiento económico son malas para el medio ambiente ya que requieren utilizar ingentes cantidades de recursos naturales. Por su parte las crisis económicas también son malas para el medio ambiente ya que, en nombre de la creación de puestos de trabajo, se aprueban impactos sobre el medio natural que, tal vez, en otras circunstancias no se hubieran dado. De esta manera, durante esta crisis, las medidas de los gobiernos pasan por facilitar los proyectos, reducir las exigencias ambientales, reducir los trámites burocráticos, reducir los plazos para los procedimientos de impacto ambiental, etc. Sin embargo, las crisis pueden conllevar cosas buenas, por ejemplo un cambio de los modelos productivos que llevaron a la crisis.

Hace un año, nuestro Presidente del Gobierno anunció que desarrollaría una Ley de Economía Sostenible que se basaría en tres pilares: la competitividad de las empresas, la sostenibilidad social y la sostenibilidad ambiental. Además anunció que la nueva economía debía basarse en el medio ambiente (sobre todo haciendo referencia a las energías renovables).

Bueno, ya tenemos el Anteproyecto de Ley sobre la mesa y las pocas expectativas que teníamos se nos han derrumbado. Bien es cierto que la mayoría de la Ley no es mala para el medio ambiente, pero es otra oportunidad perdida. En unos pocos días hemos perdido dos grandes oportunidades: Copenhague y la Ley de Economía Sostenible.

La Ley habla de reducción de emisiones pero los objetivos son insuficientes.
La Ley habla de ahorro de energía pero no cuantifica.
La Ley habla de energías renovables, pero se limita a los objetivos de la Unión Europea.

Sin embargo, la Ley no habla de recursos naturales, ni de biodiversidad, ni de agua, ni de ocupación de suelo, ni de muchas cosas que se ven afectadas por la economía salvaje en la que nos encontramos y que nos ha llevado de cabeza a la crisis.

Visto lo visto, y ya que hemos perdido una gran oportunidad, solo nos queda intentar que la Ley no sea muy perjudicial. En particular habrá que pelear por mejorar algunos de los objetivos ligados a la lucha contra el cambio climático y, sobre todo, quitar de la Ley que el silencio administrativo sea positivo. ¿Os imagináis? Solo habrá que solicitar por escrito permiso para desnidar águilas imperiales y si no nos contestan no tenemos más que subirnos al nido y llevarnos los pollos a casa.

Yo, solo de pensarlo se me ponen los pelos de punta.

Parany: una modadlidad de caza inaceptable

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El Consejo de Ministros de este viernes, 22 de enero, ha decidido llevar ante el Tribunal Constitucional la última reforma de la Ley de Caza de la Comunidad Valenciana. Esta Ley de luz verde a la autorización de la caza en Parany al considerarla una modalidad tradicional.

El Parany consiste en atraer, mediante reclamos sonoros, a las aves a un enclave arbolado en el que se han instalado cientos de varillas con pegamento. Las aves al entrar en el arbolado se “pringan” en estas varillas y quedan atrapadas. El objetivo es cazar zorzales, pero lo cierto es que esta modalidad de caza no es selectiva y quedan atrapadas en el pegamento todas las aves que se adentran en los paranys. Además, el tipo de pegamento utilizado hace que se dañe irreversiblemente el plumaje de estas aves.

Desde 1979 la Directiva de Aves prohíbe en Europa la caza con métodos no selectivos, obligación que debe ser respetada en España desde 1986, fecha en la que nuestro país se adhirió a la Comunidad Económica Europea. Tanto la Comisión Europea, como el Tribunal de Luxemburgo, y el Tribunal Supremo ya se han pronunciado en contra de esta modalidad de caza por no ser selectiva. Sin embargo, el empecinamiento de los paranyers de la Comunidad Valenciana y de los barraquistas catalanes ha llevado a los políticos de sus regiones a perseverar en intentar legalizar una modalidad claramente ilegal.

Algún día llegará en la que los cazadores se den cuenta del daño que les hace cobijar bajo su manto a unos pocos que defienden prácticas ilegales de caza, tal vez ese día los políticos se darán cuenta que no pueden dictar normas de dudosa legalidad por la presión de unos pocos votos. En este país somos cada vez más la gente con fuertes convicciones conservacionistas y que, al menos, exigiremos que se cumplan las leyes.

También llegará el día en el que nuestros gestores se den cuenta que no todo lo tradicional es bueno. Hay prácticas tradicionales que merecen todo el apoyo de nuestras instituciones, por ser una riqueza de nuestra cultura, y hay prácticas que eran tradicionalmente empleadas pero no traen nada bueno y por lo tanto no se deben conservar ni permitir. Hay que recordar que en este país fue tradicional el machismo o el derecho de pernada, pero no por ser tradicional debemos mantener barbaridades anacrónicas.

Ladrillos y veneno

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Las Cortes Españolas están tramitando un Proyecto de Ley Orgánica que reformará una norma básica para la persecución de los delitos ecológicos, el Código Penal. Dado su importancia para la conservación de la biodiversidad, SEO/BirdLife está trabajando de forma decidida para que esta norma recoja, de la mejor manera posible, aquellas acciones muy graves que deben ser tipificadas como delito.

Son muchos los aspectos de la norma y las propuestas de enmienda en los que estamos trabajando, pero me gustaría detenerme en dos artículos concretos, el 319 y el 336 que tienen que respectivamente ayudarnos a perseguir el urbanismo ilegal en suelo no urbanizable y la utilización ilegal de veneno.

Delitos contra la ordenación del territorio

Una de las grandes amenazas para la fauna en España es la proliferación de casas ilegales que aparecen como champiñones por el territorio con la consiguiente degradación y disminución de la calidad del hábitat para las especies. Estas casas tienen básicamente dos orígenes diferentes: 1) personas particulares que construyen primeras o segundas residencias en terrenos de su propiedad, sin tener en cuenta la calificación de su terreno y 2) promotores profesionales que construyen en terrenos calificados como no urbanizables e incluso protegidos, debido al menor coste del suelo, con la esperanza de que a posteriori la administración lo legalice.

Este tipo de acción es considerada por nuestro ordenamiento jurídico como muy grave y, por lo tanto, tipificado como delito por el Código Penal. Sin embargo, tal y cómo está redactado el artículo 319 lleva a diferentes interpretaciones por parte de las salas de Justicia: 1) La “tesis extensiva”, seguida por algunas de las salas, entiende que cualquier persona puede ser sujeto activo del delito, considerando que el bien jurídico es quebrantable tanto por profesionales como por los que no lo sean, y 2) la “tesis restrictiva” que considera que los sujetos activos del delito pueden ser solo empresarios y profesionales de la esfera de la construcción, que es la tesis mayoritariamente elegida por las salas de justicia.

Desde SEO/BirdLife consideramos que esta doble interpretación debe ser subsanada en la presente reforma del Código Penal considerando que debe primar el principio de igualdad, y así evitar la situación actual en la que dos personas que cometen una misma acción, una pueda ser condenada y la otra no dependiendo de la tesis seguida por la sala. Además, dado que es idéntico el daño realizado sobre el medio natural, el bien protegido por el legislador, ya lo haga un constructor profesional o uno ocasional es de justicia que los dos sean considerados de igual manera sujetos activos del delito.


Uso ilegal del veneno


Otro artículo especialmente relevante para la conservación de las aves, del que no está previsto su reforma, es el 336 ya que es el que persigue el uso ilegal del veneno que afecta de forma muy importante a todas nuestras especies necrófagas. El presente artículo penaliza con una pena de cuatro meses a dos años a aquel que utilice el veneno. El problema radica a que esta pena se considera como un delito menor por parte de la justicia que hace que los jueces no autoricen a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado a registros domiciliarios de los presuntos culpables de usar veneno y resulta casi imposible conseguir las pruebas que le inculparía. Por ello, SEO/BirdLife defiende la reforma de este artículo para penar este tipo de actividades con una pena de uno a tres años que facilitará el trabajo del SEPRONA en la persecución del delito.

Modificar una Ley Orgánica requiere el apoyo de la mayoría absoluta de las cámaras, por lo que la tarea de SEO/BirdLife no será nada sencilla. Sin embargo, la extrema gravedad de los dos aspectos aquí tratados y la justa motivación que nos ampara, me hacen ser optimista en nuestras posibilidades de convencer a nuestros legisladores para que adecuen esta importante norma a las necesidades actuales de conservación de nuestro territorio y de la biodiversidad.

Cada día más, la conservación de nuestras aves requiere tener que participar en la redacción de cualquier norma que pueda ayudar a la conservación de la biodiversidad.