Acabo de volver de un juicio en el que declaraban cuatro peritos en
relación a un parque eólico, autorizado en un espacio protegido, y sobre
una población de la amenazadísima alondra ricotí, en la provincia de
Soria.
Uno de los peritos propuestos por
SEO/BirdLife,
perteneciente al Servicio de Cartografía de la Universidad Autónoma de
Madrid, explicaba que el parque eólico destruiría 20 hectáreas de
hábitats protegidos, declarados prioritarios por las directivas
europeas. Ante este hecho, el abogado de la Junta justificaba la
destrucción diciendo que representaba solo el 0,1% de la superficie del
espacio protegido.
Un segundo perito, conocido profesor de
ecología de la Universidad Rey Juan Carlos, exponía que el polígono
formado por el parque eólico tenía 496 hectáreas de superficie, y se
encontraba sobre una población de alondra ricotí, a lo que el abogado de
la Junta se apresuraba a decir que esto representaba solo el 2,6% del
espacio protegido.
La perito de la Junta, técnico de evaluación de
impacto ambiental, por su parte, explicaba que no solo la superficie
del espacio protegido destruida era pequeña, sino que habían incluido en
la autorización del parque una serie de medidas correctoras con el
objeto que el impacto fuese menor, e incluso solicitaron como medida
compensatoria, que se recree ese hábitat en otro lugar próximo que
comprase la empresa.
Llegado aquí, el lector se preguntará dónde
están las Meninas en toda esta historia. Pues bien, vienen en la
reflexión realizada por nuestro tercer perito, un reputado profesor de
investigación de la Estación Biológica de Doñana (CSIC), al salir del
tribunal. Este conocido investigador nos comentaba que el problema
residía en la dificultad de que un juez o un abogado entienda el
carácter único de cada uno de los elementos por los que se protege un
espacio. Según él, es como si alguien solicitase una autorización para
destruir el cuadro de las Meninas y la administración se lo autorizase
al considerar que en porcentaje no representa mucho sobre el total de
los depósitos del Museo del Prado, eso sí, imponiendo como medida
correctora que solo pueda recortar la cara de una de las meninas, y que
como medida compensatoria, el solicitante deba pintar otro cuadro y
colgarlo en el museo.
Bueno, que nadie se preocupe, destruir
cuadros no supone especiales beneficios económicos, por lo que no habrá
presiones, y podremos seguir disfrutando de la obra de Velázquez.
NB.
La alondra ricotí es un ave, considerada como En Peligro de extinción,
que solo se distribuye por España en todo la Unión Europea. Más
información de la especie en la Enciclopedia de las aves de España
Nota del autor: Esta entrada fue publicada en el blog "Pluma y Conservación" de Público el 5/5/2011
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